Pregunta: Estoy tratando de decidir cuándo retirarme. ¿Puede el Seguro Social ayudar?
Respuesta: El mejor lugar para comenzar es con una visita a la Declaración de la Seguridad Social en línea. La Declaración le proporciona estimaciones de beneficios para usted y su familia, así como su registro de ganancias e información que debe considerar sobre la jubilación y la planificación de la jubilación. Es fácil acceder a su estado de cuenta en línea creando una cuenta de mi Seguridad Social. Para crear una cuenta, visite Socialsecurity.gov/myaccount. El tiempo “correcto” para jubilarse es diferente para todos y depende de su situación individual. Para ayudarlo a tomar su propia decisión, le ofrecemos una hoja informativa en línea, Cuándo comenzar a recibir los beneficios de jubilación, que destaca algunos de los factores a considerar. Encuentre esta publicación en Socialsecurity.gov/pubs/10147.html.
Pregunta: Dependeré de Medicare cuando me jubile. ¿Puede explicar las diferentes partes de Medicare?
Respuesta: Las diferentes partes de Medicare cubren sus necesidades específicas. Hay cuatro partes, todas las cuales trabajan en conjunto para brindar servicios de atención médica: • Parte A (seguro de hospital): ayuda a pagar la atención de pacientes hospitalizados en un hospital o centro de enfermería especializada (después de una hospitalización), algunos cuidados de salud en el hogar y cuidados de hospicio. • Parte B (seguro médico): ayuda a pagar los servicios médicos y muchos otros servicios y suministros médicos que el seguro de hospital no cubre. • Parte C (planes Medicare Advantage): si tiene Medicare Partes A y B, puede inscribirse en un plan Medicare Advantage. Las compañías privadas ofrecen planes Medicare Advantage, que están aprobados por Medicare. Estos planes generalmente lo ayudan a pagar los costos médicos no cubiertos por las Partes A y B de Medicare. • Parte D (cobertura de medicamentos recetados): ayuda a pagar los medicamentos que los médicos recetan para el tratamiento.
Pregunta: Quiero registrarme en un plan de Medicare Parte C y D, pero no estoy seguro de qué plan quiero. ¿Hay algún recurso que me ayude a encontrar un plan?
Respuesta: Sí. Medicare.gov tiene un buscador de planes en línea e instrucciones disponibles sobre cómo usar esta herramienta. Para acceder al Buscador de planes de Medicare, visite Medicare.gov/find-a-plan/questions/home.aspx.
Pregunta: Planeo jubilarme pronto. ¿Cuándo se pagan los beneficios del Seguro Social? Respuesta: Los beneficios de la seguridad social se pagan cada mes. En general, los jubilados nuevos reciben sus beneficios el segundo, tercer o cuarto miércoles de cada mes, según el día del mes en que nació el jubilado. Si recibe beneficios como cónyuge, la fecha de pago de su beneficio será determinada por la fecha de nacimiento de su cónyuge. Aquí hay una tabla que muestra cómo se determina su fecha de pago mensual: Día del mes en que nació Beneficios del Seguro Social pagados 1º-10º segundo miércoles 11th-20th Tercer miércoles 21st-31st Cuarto miércoles Para obtener un calendario que muestra las fechas de pago reales, consulte el Programa de pagos de beneficios del Seguro Social en Socialsecurity.gov/pubs. Pregunta: Me retiro temprano, a los 62 años, y recibo ingresos por inversiones de una propiedad en alquiler que tengo. ¿Los ingresos por inversiones cuentan como ganancias?
Respuesta: No. Solo contamos los salarios que gana de un trabajo o su beneficio neto si trabaja por cuenta propia. Los ingresos no relacionados con el trabajo, como las anualidades, los ingresos por inversiones, los intereses, las ganancias de capital y otros beneficios del gobierno no se cuentan y no afectarán sus beneficios del Seguro Social. La mayoría de las pensiones no afectarán sus beneficios. Sin embargo, su beneficio puede verse afectado por las pensiones gubernamentales ganadas a través del trabajo en el que no pagó el impuesto del Seguro Social. Puede retirarse en línea en Socialsecurity.gov. Para obtener más información, llámenos sin costo al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778).
María del Carmen Ortega es Especialista en Asuntos Públicos del Seguro Social. Escríbale a editor@centrotampa.com o Maria.Ortega@ssa.gov