Por María del Carmen Ortega
Especial para CENTRO Tampa
Pregunta: ¿Los miembros del Congreso tienen que pagar a la Seguridad Social?
Respuesta: Ellos si. Los miembros del Congreso, el Presidente y el Vicepresidente, los jueces federales y la mayoría de los nombrados políticos han pagado impuestos al programa de Seguridad Social desde enero de 1984. Pagan en el sistema como todos los demás, sin importar cuánto tiempo hayan estado en el cargo. Obtenga más información sobre los beneficios del Seguro Social en Segurosocial.gov.
Pregunta: ¿Cómo se calculan mis beneficios de jubilación?
Respuesta: Sus beneficios del Seguro Social se basan en ganancias promediadas durante su vida. Sus ganancias reales primero se ajustan o “indexan” para tener en cuenta los cambios en los salarios promedio desde el año en que se recibieron las ganancias. Luego calculamos sus ingresos indexados mensuales promedio durante los 35 años en los que ganó más. Aplicamos una fórmula a estas ganancias y llegamos a su beneficio básico. Esta es la cantidad que recibiría a la edad plena de jubilación. Puede estimar su beneficio utilizando nuestro Estimador de jubilación, que ofrece estimaciones basadas en sus ganancias del Seguro Social. Puede encontrar el Estimador de jubilación en Segurosocial.gov/estimator.
Pregunta: Necesito solicitar los beneficios por discapacidad. ¿Dónde empiezo?
Respuesta: Comience mirando nuestro Kit de inicio para discapacitados. Puede encontrarlo en línea en Segurosocial.gov/disability/disability_starter_kits.htm o puede solicitar una copia llamando al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778). El Kit de inicio para discapacitados lo ayudará a prepararse para su solicitud y entrevista. Cuando esté listo, puede presentar una solicitud en línea en Segurosocial.gov/applyfordisability o hacer una cita para presentar la solicitud en persona en una oficina local del Seguro Social. Recuerde, nuestra solicitud de discapacidad en línea es conveniente y segura. No haga cola, vaya en línea a Segurosocial.gov.
Pregunta: ¿Es cierto que una persona puede ser propietaria de una casa y aún ser elegible para los beneficios de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)?
Respuesta: Si. Una persona que posee una casa y vive en esa casa puede ser elegible para los beneficios de SSI. Aunque hay un límite de activos para que las personas califiquen para SSI, algunas cosas no cuentan para ese límite, como una casa, un vehículo y algunos fondos reservados para gastos de entierro. Para obtener más información sobre SSI y los requisitos de elegibilidad, consulte nuestro folleto, Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) en Segurosocial.gov/pubs/11000.html.
María del Carmen Ortega es Especialista en Asuntos Públicos del Seguro Social. Escríbale a editor@centrotampa.com o Maria.Ortega@ssa.gov