Por María del Carmen Ortega
Especial para CENTRO Tampa
Pregunta: No he recibido mi Declaración de Seguridad Social por correo en los últimos años. ¿Alguna vez volveré a tener una?
Respuesta: Actualmente, enviamos por correo las Declaraciones del Seguro Social a trabajadores de 60 años o más que no están recibiendo beneficios del Seguro Social y todavía no tienen una cuenta de mi Seguro Social. Enviamos los estados de cuenta tres meses antes de su cumpleaños. En lugar de esperar a recibir un estado de cuenta por correo, animamos a las personas a abrir una cuenta de mi Seguro Social en Socialsecurity.gov/myaccount para que puedan acceder a su estado de cuenta en línea, en cualquier momento.
Pregunta: Estoy reuniendo todo lo que necesito para declarar mis impuestos este mes. ¿Tengo que pagar impuestos sobre los beneficios del Seguro Social? Además, ¿dónde puedo obtener un reemplazo 1099?
Respuesta: Algunas personas que reciben Seguro Social deben pagar impuestos federales sobre los ingresos de sus beneficios. Sin embargo, nadie paga impuestos sobre más del 85 por ciento de sus beneficios del Seguro Social. Debe pagar impuestos sobre una parte de sus beneficios si presenta una declaración de impuestos federal individual y su ingreso excede los $ 25,000. Si presenta una declaración conjunta, debe pagar impuestos si usted y su cónyuge tienen ingresos combinados de más de $ 32,000. Si está casado y presenta una declaración por separado, probablemente tendrá que pagar impuestos sobre sus beneficios. Puede leer más sobre la preparación de impuestos en relación con el Seguro Social en Socialsecurity.gov/planners/taxes.htm. Los beneficios del Seguro Social incluyen jubilación mensual, sobrevivientes y beneficios por discapacidad. No incluyen pagos de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), que no están sujetos a impuestos. También puede obtener un 1099 o 1042S de reemplazo cuando abre su propia cuenta personal de mi Seguridad Social en Segurosocial.gov/myaccount.
Pregunta: Recibí un aviso de la Seguridad Social recientemente. Dijo que mi nombre y número de Seguro Social no coinciden con los registros del Seguro Social. ¿Qué tengo que hacer?
Respuesta: Es fundamental que su nombre y número de Seguro Social, como se muestra en su tarjeta de Seguro Social, coincidan con los registros de nómina de su empleador y su formulario W-2. Si no lo hacen, esto es lo que debe hacer: • Darle a su empleador la información correcta exactamente como se muestra en su tarjeta de Seguro Social o su tarjeta corregida • Comuníquese con su oficina local de Seguro Social (www.socialsecurity.gov/locator) o llame al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778) si su tarjeta de Seguro Social no muestra su nombre correcto o número de Seguro Social . Para obtener más información, visite Socialsecurity.gov.
Pregunta: ¿Mi hijo será elegible para recibir beneficios en el registro de su padre jubilado mientras asiste a la universidad?
Respuesta: No. En un momento dado, el Seguro Social pagó beneficios a estudiantes universitarios elegibles. Pero la ley cambió en 1981. Ahora pagamos beneficios solo a los estudiantes que toman cursos en el grado 12 o inferior. Normalmente, los beneficios se detienen cuando los niños cumplen 18 años a menos que estén discapacitados. Sin embargo, si los niños aún son estudiantes de tiempo completo en una escuela secundaria (o primaria) a los 18 años, los beneficios generalmente pueden continuar hasta que se gradúen o hasta dos meses después de que cumplan los 19 años, lo que ocurra primero.
María del Carmen Ortega es Especialista en Asuntos Públicos del Seguro Social. Escríbale a editor@centrotampa.com o Maria.Ortega@ssa.gov